ACTO RECLAMADO.
No basta que el acto reclamado sea cierto para que pueda considerarse inconstitucional, sino que es indispensable que el quejoso demuestre los hechos en que descansa su demanda, para proceder al estudio de la inconstitucionalidad del acto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317809-cfd5eba5/acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 753/54. Arista Iribarren Liborio. 17 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Franco Carreño.
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