ACTO RECLAMADO, AL QUEJOSO TOCA DEMOSTRAR SU INCONSTITUCIONALIDAD.
Al quejoso toca demostrar la inconstitucionalidad del acto reclamado y con ello la procedencia de la acción ejercitada; para lo cual la ley le da toda clase de facilidades, entre ellas, la de solicitar de cualquiera autoridad, las pruebas que necesite para demostrar las violaciones que alegue, y si no lo hace así, el amparo debe negarse, aun cuando la autoridad señalada como responsable no haya acompañado a su informe, copia autorizada de las constancias en que se funda el acto reclamado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311192-df5fd28f/acto-reclamado-al-quejoso-toca-demostrar-su-inconstitucionalidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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