ACTO RECLAMADO, PRUEBA DE SU INCONSTITUCIONALIDAD.
De acuerdo con el artículo 149, párrafo tercero, de la Ley de Amparo, el quejoso tiene la obligación de demostrar la inconstitucionalidad del acto reclamado, cuando éste no sea, inconstitucional en sí mismo. Ahora bien, si el quejoso sólo solicitó copia certificada del laudo reclamado, la cual fue remitida a la Suprema Corte de Justicia; pero dicha copia no demuestra los conceptos de violación que hizo valer, pues para ello era necesario que hubiera presentado, además, copia certificada de otras constancias del juicio, en tales condiciones, dichos conceptos de violación resultan inconsistentes, motivo por cual debe negarse la protección constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/374032-92ec4b8e/acto-reclamado-prueba-de-su-inconstitucionalidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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