Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE (REVISION).

Clave: — · Registro digital (IUS): 318191 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3707

Para conocer de un recurso de revisión en un amparo interpuesto contra el cobro de impuestos sin que aparezca que se ataca de inconstitucional ley alguna, y si además se señalan como autoridades responsables funcionarios locales de un estado, todos de carácter administrativo, sin que figure la legislatura, debe estimarse que la competencia corresponde a los Tribunales Colegiados de Circuito para conocer del recurso de revisión correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 107, fracción VIII, inciso "a" de la Constitución, y el artículo 84, fracción I, incisos "a" y "b" de la Ley de Amparo, quedando el caso comprendido dentro de lo dispuesto por el artículo 84, fracción II, de la propia Ley.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318191-411e81d6/competencia-de-la-suprema-corte-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 4529/53. Petróleos Mexicanos. 8 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos.Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.

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