INGRESOS MERCANTILES (LIBROS DE CONTABILIDAD).
Según el artículo 46 de la Ley Federal sobre Ingresos Mercantiles, las empresas causantes de dichas tributación están obligadas a conservar los libros que deben llevar de acuerdo con la ley y la documentación relativa, en el domicilio señalado en la solicitud de cédula de empadronamiento, a proporcionar a las autoridades fiscales los datos que les soliciten dentro del plazo que para ello se fije y a recibir las visitas de investigación correspondientes; pero las propias empresas no están obligadas a llevar ni a remitir los libros y documentos que existan en sus oficinas al Departamento de Impuestos Mercantiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318382-a4cbeae4/ingresos-mercantiles-libros-de-contabilidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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