MILITARES, REINGRESO DE.
La Secretaria de la Defensa Nacional es la autoridad competente para decidir el ingreso al activo, de un militar retirado y ante ella deben presentarse las pruebas relativas, pero la negativa de la Secretaría de Hacienda, sin apoyo en disposición alguna, para consentir ese reingreso, fundada en la comprobación de hechos ya acreditados ante la Secretaría de la Defensa, es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318393-bdd5d3d8/militares-reingreso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 1586/53. Gama Madrigal Juan de Dios. 24 de julio de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo CII, pág. 1004. Amparo administrativo en revisión 5458/49. Alemán Caballero José. 4 de noviembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Nicéforo Guerrero.
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