PETICION, DERECHO DE.
Si bien es cierto que la garantía que otorga el artículo 8o., constitucional no consiste en que las peticiones se tramiten y resuelvan sin las formalidades y requisitos que establecen las leyes relativas, sí impone a las autoridades la obligación de dar a toda petición hecha por escrito, esté bien o mal formulada, un acuerdo también por escrito que debe hacerse saber en breve término, al peticionario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318678-eb53a932/peticion-derecho-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5099/51. Bravo Sandoval Jorge y coags. 21 de enero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION. DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. FORMALIDADES Y REQUISITOS. (129)
- PETICIÓN, DERECHO DE. FORMALIDADES Y REQUISITOS. (94)
- PETICIÓN, DERECHO DE. FORMALIDADES Y REQUISITOS.- (79)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis