PLUSVALIA, DERECHO DE AUDIENCIA.
Antes de proceder al cobro del impuesto de plusvalía, debe notificarse al causante del mismo, en la proporción que se le fije, a fin de que si le conviniere, produzca su inconformidad ante la Comisión Mixta de Planificación, conforme al artículo 416 del la Ley de Hacienda, y de no hacerse así, se priva al interesado de la defensa que la ley de la materia le otorga de un modo especial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318998-be256e9b/plusvalia-derecho-de-audiencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo CXII, página 2512. Indice Alfabético. Amparo en revisión 5247/51. Zorrilla Barrundia José. 11 de junio de 1952. Unanimidad de cinco votos. Relator: Nicéforo Guerrero.
Tomo CXII, página 329. Amparo 5320/51. Gómez de Sotomayor Pilar. 21 de abril de 1952. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.
Jurisprudencia relacionada
- PLUSVALIA. DERECHO DE AUDIENCIA. (513)
- PLUSVALIA, DERECHO DE AUDIENCIA. (s/clave)
- PLUSVALIA, DERECHO DE AUDIENCIA. (s/clave)
- PLUSVALIA. (s/clave)
- PLUSVALIA, IMPUESTO DE . (s/clave)
- PLUSVALIA, GARANTIA DE AUDIENCIA EN CASO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis