TRIBUNAL FISCAL, QUEJA CONTRA LAS RESOLUCIONES DEL.
Si el Tribunal Fiscal, conforme a los términos del artículo 156 del Código Fiscal y de acuerdo con la jurisprudencia de aquél debió declararse incompetente y sobreseer en un juicio de nulidad y no lo hizo, el recurso procedente, por ser obligatorio, es el de queja; y por los mismo, la revisión fiscal que se interponga debe desecharse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319051-4cadc64c/tribunal-fiscal-queja-contra-las-resoluciones-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 288/51. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Comisariados Ejidales de Bocampo Núm. 2 y de Etehojoa, Son.). 11 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Ponente: Octavio Mendoza González.
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