QUEJA EN EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.
Cuando alguna de las Salas del mismo, falle en contra de jurisprudencia establecida por el pleno del propio Tribunal, procede el recurso de queja que establece el artículo 156 del Código Fiscal, y no la revisión ante la Suprema Corte de Justicia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319222-82a8ebfd/queja-en-el-tribunal-fiscal-de-la-federacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 122/51. Secretaría de Hacienda ( Construcciones Nacionales, S. A.). 16 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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