COMPETENCIA EN AMPARO (REGLAMENTOS).
Si el acto reclamado es susceptible de aplicación inmediata y ha sido reclamado como violador de garantías individuales por la sola expedición de un reglamento, antes de que comenzara a ejecutarse en perjuicio del quejoso, sólo puede ser competente para conocerlo el Juez de Distrito en cuya jurisdicción residan las autoridades que hubiesen dictado la resolución reclamada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319184-35e3d16e/competencia-en-amparo-reglamentos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 64/50. Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, en el Distrito Federal y el Juez Segundo de Distrito, en el Estado de Tamaulipas. 2 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Ramírez Vázquez. Relator: Hermilio López Sánchez.
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