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Modo: Corpus Pro

TRIBUNAL FISCAL, JURISPRUDENCIA DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 319200 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 196

Si el Tribunal Fiscal falla en contra de la jurisprudencia que ha establecido, el agraviado debe ocurrir en queja ante el pleno de dicho Tribunal Fiscal y no en revisión fiscal ante la Suprema Corte de Justicia. Dicho recurso no es potestativo sino obligatorio y constituye una excepción a la procedencia del recurso de revisión fiscal, atentos los términos del decreto de dieciséis de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319200-d1d231b3/tribunal-fiscal-jurisprudencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 63/51. Tercera Sala del Tribunal Fiscal de la Federación (Comisión Ejidal de Bancobampo Número Dos, Municipio de Etchojoa, Sonora). 5 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.

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