TRIBUNAL FISCAL, FALLOS DEL.
Los fallos del Tribunal Fiscal son meramente declarativos sobre la procedencia o improcedencia del acto del inferior, pero no se relacionan o tienen conexión con el procedimiento fiscal que aquél sigue, por lo que si se continúa dicho procedimiento, no será en cumplimiento de la ejecutoria que dicte la Sala respectiva, sino como reanudación del iniciado y seguido anteriormente y, por tanto, el amparo contra el fallo del Tribunal Fiscal es improcedente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330231-7c2f5736/tribunal-fiscal-fallos-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 344/39. Compañía General de Comercio, S. A. 14 de abril de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo.
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