Corpus
Modo: Corpus Pro

MARCAS, SIMILITUD DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 319265 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1233

Para discernir si la similitud de marcas amerita la nulificación de la registrada en segundo termino, no basta para que haya un parecido entre ellas, lo esencial es que este parecido pueda inducir al público a error perjudicial. Tratándose de marcas que amparan productos farmacéuticos de composición especifica distinta, fácil de apreciarse por los médicos o expertos que prescriban el uso de tales productos, el simple parecido de los nombres de aquéllos, no puede inducir a error o confusión del público, si tales productos se aplican al destino racional y de control técnico que les corresponde.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319265-48290b6c/marcas-similitud-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 613/51. Laboratorios "Laif", S. A. 9 de agosto de 1951. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.

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