VETERANOS DE LA REVOLUCION, PENSIONES A LOS.
Las disposiciones específicas en favor de los veteranos de la Revolución deben estimarse como excepción a las disposiciones generales de la Ley de Pensiones Civiles de Retiro y Jubilación, y los derechos de aquéllos se rigen, mientras no se reformen las disposiciones legales que les conceden privilegios, por las propias disposiciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319426-b495e08f/veteranos-de-la-revolucion-pensiones-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 294/51. Sánchez Romo Eusebio. 14 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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