LEYES, REVISION EN AMPARO CONTRA LAS.
En el amparo pedido contra una Ley, debe considerarse al Congreso que la expidió, como autoridad ordenadora y las demás como ejecutoras, y en caso de revisión, si solamente se interpone por éstas, el recurso carece de fuerza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319590-0e634b06/leyes-revision-en-amparo-contra-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3200/50. Nameny de Dorth Magda María Von y coaga. 19 de octubre de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.
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