AUDIENCIA, DIFERIMIENTO DE LA.
Aunque es conveniente que el quejoso justifique ante el Juez de Distrito, haber solicitado las copias certificadas de las constancias que desea ofrecer como prueba, en el escrito en que pide el diferimiento de la audiencia y que se requiera a las autoridades responsables para que las expidan, la omisión de ello no es bastante por sí sola, para negarse a diferir la audiencia, por la falta de tales constancias, ya que en caso de no resultar ciertos los informes del promovente, el Juez puede imponer las sanciones de ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319739-d4d5038c/audiencia-diferimiento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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