PEQUEÑA PROPIEDAD.
Al expresar el Gobierno Federal que está dispuesto a pagar el precio justo de una pequeña propiedad afectada, y que el Gobernador del Estado respectivo intervendrá para llegar a un arreglo final, claramente se reconoce la existencia de los derechos invocados por los propietarios, y tal acto en manera alguna implica que se revoca o priva de efectos la resolución favorable a tales pequeños propietarios, pues de haberse estimado que la situación de éstos era ilegal, se habría revocado expresamente la resolución que los protegía.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319924-e1e18c03/pequena-propiedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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