MILITARES, BAJA DE.
El pago de haberes caídos a un militar dado de baja, no debe involucrarse en la concesión del amparo, pedido contra ella, porque no esta establecido en ley alguna, el derecho a la percepción que se reclama.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319998-2465e023/militares-baja-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 141/48. Feria Velasco Antonio. 8 de agosto de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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