Corpus
Modo: Corpus Pro

EXPROPIACION, CUANDO NO SE DA EL DESTINO SEÑALADO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 320086 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 428

Si no se da a un bien el destino para el cual es expropiado, con carácter de beneficio público y de urgente necesidad, en el plazo de cinco años, debe operar la insubsistencia de dicha expropiación que solicitó el afectado, de acuerdo con el artículo 9o. de la Ley de Expropiación y al no declararla se infringen las garantías del expropiado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320086-48b8777f/expropiacion-cuando-no-se-da-el-destino-senalado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 128/49. Slim Julián. 22 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Ponente: Franco Carreño.

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