EMPRESAS DE TRANSPORTES, LEYES APLICABLES A LAS.
Las disposiciones contenidas en la Ley de Vías Generales, no regulan las relaciones entre las empresas de transporte y el fisco federal, sino que se refieren tan sólo a aquellas actividades que entran en el concepto general de transportes, pero no a las que están sometidas a las normas expresas que el propio Estado establece para regirlas, como la Ley Aduanal. Por tanto, si un precepto de la primera ley mencionada, es de naturaleza general y no hace alusión alguna a las relaciones de las empresas de transportes, con las autoridades fiscales, no puede decirse que constituye una excepción a la norma especial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320254-40aa9e51/empresas-de-transportes-leyes-aplicables-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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