EJIDOS, AMPARO EN CASO DE.
La fracción XIV del artículo 27 constitucional, no tiene aplicación para desechar una demanda de amparo, cuando lo que se reclama es una resolución presidencial, dotatoria, sino su indebida ejecución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320614-8a5ae0d5/ejidos-amparo-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7245/47. Pérez y Pérez Otilio y coagraviados. 28 de enero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCVIII, página 1051, tesis de rubro "EJIDOS, AMPARO EN CASO DE.".
Jurisprudencia relacionada
- EJIDOS, AMPARO EN CASO DE. (s/clave)
- EJIDOS, AMPARO EN CASO DE. (s/clave)
- EJIDOS, AMPARO PROCEDENTE EN CASO DE. (s/clave)
- EJIDOS, AMPARO PROCEDENTE EN CASO DE. (s/clave)
- EJIDOS, AMPARO EN CASO DE. (s/clave)
- AGRARIO. EJECUCION INCORRECTA DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. PROCEDENCIA DE AMPARO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis