ARRENDAMIENTO DE BIENES DE LA NACION.
Comprobado que la ocupación de un inmueble se apoya en un contrato de arrendamiento entre el ocupante y la autoridad, todas las violaciones al contrato y que den lugar a cualquiera acción en contra del arrendatario, deben ventilarse ante las autoridades judiciales, pues la autoridad arrendadora carece de facultades para actuar administrativamente en contra del arrendatario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320663-bd8c5e4a/arrendamiento-de-bienes-de-la-nacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8601/47. Rodríguez Prisciliana. 23 de febrero de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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