MEDICINAS, IMPORTACION DE.
Como la Secretaría de Salubridad y Asistencia tiene facultades para exigir, en algunos casos, que la medicina o producto importado sea modificado, es claro que la revisión de dicho producto o medicina esta íntimamente ligada con el propósito de asegurar que esta de acuerdo con las normas jurídicas y principios científicos, de donde resulta de interés público, no permitir que se importen artículos medicinales que no hayan sido revisados, en los términos de la ley, dado que esta medida únicamente tiende a proteger la salud de la colectividad. por tanto, es improcedente conceder la suspensión en contra de la cancelación del permiso de importación de una medicina, cuando no esta comprobado el pago de derechos por revisión, ni se ha solicitado esta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320850-c0dbc2b1/medicinas-importacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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