Corpus
Modo: Corpus Pro

DERECHO DE PETICION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 321447 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 747

El artículo 8o. constitucional ordena a las autoridades que acuerden todas las peticiones que les dirijan los particulares y hagan conocer a éstos, en breve término, el acuerdo que dicten. Este artículo fue violado por la secretaría responsable si no comunicó al quejoso la negativa a concederle las prórrogas que solicitó. Y por otra parte, la resolución de las solicitudes respecto a que se concediera a la recurrente una prórroga del plazo para entregar las refacciones contratadas, debe ser previa a la orden de cobrar las fianzas, por no haberse entregado las refacciones en el plazo señalado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321447-ea80d62a/derecho-de-peticion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 9012/42. México Productos, S.A. 17 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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