IMPUESTO PREDIAL, NO ES RETROACTIVO EL ESTABLECIDO POR EL DECRETO DE 3 DE ABRIL DE 1941.
No es retroactivo el cobro que se hace con apoyo en las disposiciones del decreto de 3 de abril de 1941, que reformó diversos artículos de la Ley del Impuesto Predial en el Distrito Federal de 23 de agosto de 1933. El cobro del Impuesto Predial que se hace a los causantes con apoyo en las disposiciones del decreto mencionado, no tiene el carácter de retroactivo, ni puede decirse que sea inconstitucional por violar los derechos adquiridos por los mismos causantes, de pagar el impuesto respectivo conforme a las bases señaladas en la ley de 23 de agosto de 1933, porque en ningún caso puede hablarse de un derecho de tal naturaleza, adquirido por los sujetos pasivos de la relación tributaria, ya que la autoridad legislativa, que tiene que atender a las siempre cambiantes necesidades económicas, no puede establecer lineamientos inmodificables para la recaudación de las contribuciones, sino que tiene derecho a cambiar las bases de esa recaudación, siempre que lo considere conveniente, dentro de la órbita de sus atribuciones constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321612-12d1f9d6/impuesto-predial-no-es-retroactivo-el-establecido-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTOS, LEYES DE. (s/clave)
- IMPUESTO PREDIAL, LAS BASES PARA RECAUDARLO, SON MODIFICABLES (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL). (s/clave)
- LEY DEL IMPUESTO EXTRAORDINARIO NO TIENE CARÁCTER RETROACTIVO. (s/clave)
- IMPUESTO PREDIAL, AUMENTO DEL. (s/clave)
- LEY DEL IMPUESTO EXTRAORDINARIO NO TIENE CARÁCTER RETROACTIVO.- (1614)
- RETROACTIVIDAD DE LAS LEYES FISCALES.- (447)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis