MILITARES, CARACTER TECNICO DE LOS.
De los artículos 1o., 3o. y 10 del Reglamento para la Aplicación de Pagos Especiales al Personal del Ejército, de quince de mayo de mil novecientos treinta y cuatro, se infiere claramente que la asignación de técnico sólo se puede otorgar al personal que forme parte de uno de los cuerpos especiales que se enumeran en el artículo 10 del reglamento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321642-a6493a91/militares-caracter-tecnico-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 810/46. Delgado Abeytia Héctor. 6 de diciembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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