ESTADO DE LA UNION, PODERES DE LOS (REGLAMENTACION DE LAS LEYES FEDERALES).
El término "Gobierno de los Estados" que emplea del Código Sanitario, no es sinónimo de gobernadores de los Estados, porque la primera de dichas expresiones denota el conjunto de tres poderes que constituyen al Gobierno, y si bien el artículo 120 de la Constitución Federal impone a los gobernadores de los Estados, la obligación de publicar y hacer cumplir las leyes federales, no les concede la facultad de reglamentarlas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321647-61a944af/estado-de-la-union-poderes-de-los-reglamentacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8840/46. "Isca", S. A. de C. V. 1o. de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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