EJIDOS, CAMBIO DE LOCALIZACION
Si se promueve en favor del afectado, la localización de un ejido, es indudable que el decreto relativo de inafectabilidad y el cambio de localización crean en favor de dicho afectado, un derecho del que no puede ser privado sin que se le oiga en defensa, en el procedimiento establecido por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321709-4a910cec/ejidos-cambio-de-localizacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6624/40. Cobián José y coagraviado. 25 de julio de 1946. Mayoría de tres votos. Disidente: Téllez. El Ministro Manuel Bartlett Buendía se excusó de intervenir en el asunto por haber dictado el fallo de primera instancia. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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