MARCAS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LAS.
El artículo 166 de la Ley de la Propiedad Industrial se contrae a la cancelación de inscripción o registro de usuario de marca, por lo que no es aplicable, por ser distinta, jurídicamente, a la cancelación del registro de la marca.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321757-0addd8fb/marcas-cancelacion-del-registro-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2255/46. Industrias Unidas, S. A. 15 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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