ARTICULO 14 CONSTITUCIONAL, GARANTIA DEL.
Debe estimarse que si algún valor tiene la garantía del artículo 14 constitucional, debe ser, no solamente obligando a las autoridades administrativas a que se sujeten a la ley, sino obligando al Poder Legislativo para que en sus leyes establezca un procedimiento adecuado en que se oiga a las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321813-989d90d6/articulo-14-constitucional-garantia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7490/45. Tamés Cira. 2 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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