CARGOS CONCEJILES.
Resulta inconsecuente pretender que tiene un cargo concejil todo aquél que desempeña un servicio municipal, pues por cargo concejil únicamente debe entenderse el asignado a los miembros del Concejo Municipal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321993-979a6519/cargos-concejiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1947/46. Valencia Carmen. 14 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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