PETROLEO, TRASPASO DE CONCESIONES DE.
Aun cuando el acuerdo que se haga saber al titular de una concesión petrolera, autorizando provisionalmente el traspaso del título de su concesión a otro, no sea de carácter definitivo, hace surgir derechos para el adquirente, los que deben reputarse en vigor, en tanto no se dicte alguna resolución revocatoria, fundada en incumplimiento para obtener la aprobación definitiva del traspaso, por lo que la declaración de caducidad dictada sin cumplir los requisitos de ley, viola las garantías del citado adquirente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323089-7ca904eb/petroleo-traspaso-de-concesiones-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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