IMPUESTO PREDIAL ( LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
El artículo 35 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal que fija una vigencia de tres años al cálculo del impuesto sobre la base de rentas, se refiere a los casos de fijación definitiva del impuesto y no a los que se contraen a predios cuya renta se manifiesta incorrectamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323277-b5632b2a/impuesto-predial-legislacion-del-distrito-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2718/44. Perches de Díaz Garza Etelvina. 27 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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