AGRAVIOS.
Para que prospere el recurso de revisión, se requieren dos requisitos: primero, que se objeten todos y cada uno de los fundamentos y razones en que se sustenta la sentencia de primera instancia, y segundo, que los agravios sean fundados; y si no se objeta uno de los fundamentos del fallo, es innecesario estudiar dichos agravios, ya que aun en la hipótesis de que se declararan fundados, necesariamente tendría que confirmarse la sentencia recurrida en virtud de que la concesión del amparo seguiría regida por aquel fundamento, que no puede ser revisado oficiosamente por la Sala.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323687-adea8fff/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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