MEDICOS, PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA ORDEN QUE LES PROHIBE EJERCER SU PROFESION.
Debe concederse la suspensión contra la orden girada para el efecto de que un médico se abstenga de ejercer su profesión, mientras se revise su título por la autoridad respectiva, porque para los efectos de la medida es suficiente que con la demanda de amparo se exhiba el título profesional, debidamente registrado ante el Departamento de Salubridad e Higiene Pública en el Estado de Coahuila, lugar de los hechos, ya que la posesión de tal documento engendra una presunción acerca de su legalidad, mientras nada en contrario se pruebe. Además, si el acto reclamado no se decretó por virtud de alguna irregularidad del expresado título o en la actuación del profesionista, no hay razón para considerar lesionado el interés general, que radica en que solamente ejerzan la medicina los individuos titulados que hayan llenado todos los requisitos legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325906-52c815f1/medicos-procedencia-de-la-suspension-contra-la-orden · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MEDICOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE PROHIBICION DE EJERCER COMO. (s/clave)
- MEDICINA, SUSPENSION TRATANDOSE DE PROHIBICION DE EJERCER LA. (s/clave)
- MEDICO, SUSPENSION TRATANDOSE DEL EJERCICIO DE LA PROFESION DE. (s/clave)
- MEDICO, SUSPENSION TRATANDOSE DE PROHIBICION DE EJERCER LA PROFESION DE. (s/clave)
- MEDICINA, SUSPENSION CONTRA LA PROHIBICION DEL EJERCICIO DE LA. (s/clave)
- MEDICO, SUSPENSION TRATANDOSE DE PROHIBIR QUE SE USE EL TITULO DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis