MEDICINA, SUSPENSION CONTRA LA PROHIBICION DEL EJERCICIO DE LA.
Si el quejoso sostiene que tiene título expedido por una escuela, que lo autoriza para el ejercicio de su profesión de médico, mientras no se resuelva que tal documento no es legal, no puede impedirse el ejercicio de la medicina al interesado, pues son indudables los daños y perjuicios que con esto se le ocasionarían, ya que vendría a significar que lo privaran de los medios de vida necesarios para subsistir; por lo que, llenándose los requisitos del artículo 124 de la Ley de Amparo, la suspensión procede, para mantener las cosas en el estado que guardaban al dictarse el acuerdo reclamado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326535-cb638a6e/medicina-suspension-contra-la-prohibicion-del-ejercicio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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