REVISION NO INTERPUESTA.
Si de autos consta que no fue recibido en el juzgado de distrito respectivo, ni en este Alto Tribunal, el escrito por el que se hubiera interpuesto el recurso de revisión, procede tener por no interpuesto dicho recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326391-a531acd5/revision-no-interpuesta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1038/41.- Arce Vicente.- 21 de septiembre de 1942.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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