MEDICINA, LEY PARA EL EJERCICIO DE LA, EN EL ESTADO DE MORELOS.
Este ordenamiento no es ley privativa, pues no fue expedido para aplicarse a un grupo de individuos no titulados, sino que su aplicación es general, permanente y abstracta, en virtud de que comprende a todas las personas que se encuentran en los casos jurídicos que prevé.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326673-80ee9387/medicina-ley-para-el-ejercicio-de-la-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 566/42. Balboa José Luis. 27 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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