AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, DEBEN SUJETAR A UN PROCEDIMIENTO LA PRIVACION DE DERECHOS ADQUIRIDOS POR LOS PARTICULARES.
Los actos de las autoridades administrativas, que tuvieren como consecuencia la privación de un derecho adquirido, con fundamento en las leyes o reglamentos de la materia, deben sujetarse a un procedimiento en el que se den oportunidad al afectado, para presentar las defensas que tuviere y hacer valer sus derechos, acatando las disposiciones relativas de la ley bajo cuya vigencia hubiere sido otorgado el derecho, así como la prescripción del artículo 14 constitucional, en lo relativo a la garantía de previa audiencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327088-ac8f89a3/autoridades-administrativas-deben-sujetar-a-un-procedimiento-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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