CONSTITUYENTES 1916-1917, INTERVENCION DEL PODER JUDICIAL EN EL OTORGAMIENTO DE LAS PENSIONES A LOS.
El Decreto sobre pensión vitalicia a los Constituyentes 1916-1917, faculta a la autoridad judicial para decidir sobre los hechos en que apoye el pretendiente a una pensión, su derecho, sin que la Secretaría de Hacienda, posteriormente, esté capacitada para hacerlo. Además, la Ley de Secretarías de Estado en la fracción XV de su artículo 4o. da competencia a dicha secretaría para despachar lo relativo a pensiones civiles, pero no para revisar las de esta especie, puesto que la ley especial que creó dichas pensiones, no le otorga tal facultad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327142-73b8c1a3/constituyentes-1916-1917-intervencion-del-poder-judicial-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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