Corpus
Modo: Corpus Pro

PUESTOS DE VENTAS DE FRUTAS Y LEGUMBRES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 327439 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6183

Al conceder la suspensión contra la orden para que se trasladen a otro sitio, los vendedores de frutas y legumbres, no se impide a las autoridades municipales y sanitarias, que vigilen la venta de esos artículos de consumo; de modo que la suspensión no puede traer consigo perjuicio al interés general, y por otra parte, debe concederse para conservar la materia del amparo, ya que son evidentes los perjuicios de difícil reparación que se irrogarían a los quejosos, con la ejecución del acto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327439-ba8e6b89/puestos-de-ventas-de-frutas-y-legumbres · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 85/42. López Froylán y coagraviados. 28 de marzo de 1942. Mayoría de tres votos. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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