ALCOHOL, LAS REMISIONES DE, DEBEN ACOMPAÑARSE DE LA DOCUMENTACION CORRESPONDIENTE.
Ningún precepto legal establece que en los casos en que un inspector sorprenda al conductor de alcohol sin la debida documentación, no pueda entenderse con dicho conductor de esa mercancía, bajo cuya responsabilidad directa es remitida, sino con los administradores o gerentes a que pertenezca la misma. Por el contrario, en todo caso existe la obligación ineludible, para todos los productores de alcohol, de acompañar las remisiones que hagan, con la documentación debida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327603-d9675627/alcohol-las-remisiones-de-deben-acompanarse-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PORTEADORES, OBLIGACIONES DE LOS. (s/clave)
- ALCOHOL, TRANSPORTE DEL, DE UN FERROCARRIL A OTRO. (s/clave)
- ALCOHOLES, DOCUMENTACION LEGAL PARA EL TRANSPORTE DE. (s/clave)
- ALCOHOL, RESPONSABILIDAD EN CASO DE TRANSPORTE DE. (s/clave)
- ALCOHOL, FACULTAD DE LOS INSPECTORES DE. (s/clave)
- ALCOHOL, MULTAS POR TRANSPORTARLO SIN SU DOCUMENTACION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis