Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

FACULTAD ECONOMICOCOACTIVA, CONTRA LOS CAUSANTES FALLECIDOS (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).

Clave: — · Registro digital (IUS): 328317 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2920

El artículo segundo de la Ley Económicocoactiva del Estado de San Luis Potosí establece que tal facultad se ejercitará contra el deudor causante, y si hubiere muerto, contra el representante de la sucesión; que formada la liquidación del adeudo, se proveerá mandamiento de notificación para que el encargado de la oficina exactora o el ejecutor que ésta comisione pase a la casa, establecimiento u oficina del deudor, a notificarle en persona, si estuviere presente o en la de cualquiera de sus dependientes o empleados que no sean menores de edad, o del vecino más inmediato, para que dentro de tercero día, exhiba la cantidad que adeuda, levantándose acta en forma de requerimiento, que firmará el notificado, y si no supiere o no quisiere hacerlo, se suplirá con la de dos testigos. Según esta disposición, lo que la ley quiere y exige es que la facultad se ejercite directamente contra el causante o contra el representante de su sucesión, si hubiere muerto; y no debe enderezarse personalmente contra el causante fallecido, aunque se objete que la acción tributaria es apremiante y que el fisco no puede esperar hasta que se nombre representante de la sucesión respectiva, porque una autoridad como lo es un tercero municipal, está en aptitud de denunciar la sucesión, por sí o por medio del ministerio público, a efecto de que, radicada, se la provea de representante, sin entorpecerse la acción más allá del tiempo indispensable y poder ajustar así su procedimiento a la ley.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328317-366b7071/facultad-economicocoactiva-contra-los-causantes-fallecidos-legislacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 7296/40. Castillo Pomposo, sucesión de. 26 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis