Corpus
Modo: Corpus Pro

TRIBUNAL FISCAL, TERMINO PARA OCURRIR ANTE EL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 328432 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1296

El plazo señalado para objetar una resolución o procedimiento fiscales ante el Tribunal Fiscal, no se interrumpe con gestiones hechas ante órgano distinto como la Secretaría de Hacienda, pues la interrupción sólo es posible, presentando la demanda ante el tribunal nombrado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328432-2091d241/tribunal-fiscal-termino-para-ocurrir-ante-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3578/40. Gadea Ortega Augusto y coagraviados. 11 de febrero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Gabino Fraga.

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