PROCEDIMIENTO ECONOMICO COACTIVO, GARANTIA EN CASO DE SUSPENSION DEL.
Aunque una calificación haya sido nulificada por el Tribunal Fiscal, como el crédito nace en el momento en que se hace, si la nulificación no fue completa, sino que se hizo para el efecto de que se cobrara menos cantidad, no puede considerarse que existe solución de continuidad entre el cobro inicial y el que se efectúe como consecuencia de la resolución del tribunal, y por tanto, para que se suspenda el procedimiento económico coactivo seguido para el cobro no procede la cancelación de la fianza respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328896-ea7957ce/procedimiento-economico-coactivo-garantia-en-caso-de-suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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