EXPROPIACION, NOTIFICACION DE LAS DECLARATORIAS DE.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia ha sostenido en varias ejecutorias, que la notificación de las declaratorias de expropiación debe hacerse personalmente, y que sólo en el caso de que se ignore el domicilio del afectado es lícita la notificación que se le haga por medio del Periódico Oficial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329113-8a3d1150/expropiacion-notificacion-de-las-declaratorias-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4566/40. Pérez Castilla José, sucesión de. 20 de septiembre de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidentes: Fernando López Cárdenas y Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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