AYUNTAMIENTOS, DESCONOCIMIENTO DE LOS.
Cuando la materia del juicio constitucional versa sobre si fueron los quejosos o terceras personas quienes resultaron electos como regidores de un Ayuntamiento, la solución del debate equivaldría a calificar las elecciones y a que la Corte se constituyera en un supremo poder electoral, al determinar qué persona o grupo de personas obtuvo el triunfo en los comicios; por lo que, no habiendo duda alguna sobre que la reclamación gira alrededor de la afectación de derechos políticos, debe sobreseerse en el juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329666-2daa682e/ayuntamientos-desconocimiento-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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