COLONIZACION Y EXPROPIACION, SUSPENSION EN CASO DE.
Es improcedente conceder la suspensión contra los acuerdos que declaran de utilidad publica la expropiación de unas tierras, con objeto de colonizarlas para fines agrícolas, pues en el caso se trata de actos que persiguen la mejor distribución de la riqueza pública y el desarrollo de la agricultura, en los términos del párrafo tercero del artículo 27 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329923-66173ce7/colonizacion-y-expropiacion-suspension-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. revisión del incidente de suspensión 1397/39. García Glafira. 22 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.
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