EXPROPIACION CON FINES AGRARIOS.
La ocupación de un predio a título de expropiación, por parte del Gobernador de un Estado y del procurador de Hacienda de la misma entidad federativa, es anticonstitucional, cuando tenga por finalidad dotar a unos solicitantes, de tierras para su cultivo, pues lo que se hace, es resolver un problema agrario que no es de la competencia exclusiva de dichas autoridades, sino de las agrarias y con sujeción de los términos y formalidades que el código de la materia fija, de acuerdo don la fracción X del artículo 27 de la Constitución Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325922-f82bcaab/expropiacion-con-fines-agrarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EXPROPIACION AGRARIA. (s/clave)
- EXPROPIACION PARA LA AGRICULTURA. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- EXPROPIACION CON FINES AGRARIOS, CUANDO NO EXISTE UTILIDAD PUBLICA EN LA. (s/clave)
- EXPROPIACION DE BIENES EJIDALES. (s/clave)
- EXPROPIACION DE TIERRAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis